13 de mayo de 2009

JUNTA REGLAMENTADORA DE RELACIONES PÚBLICAS EN PUERTO RICO:


En una sección de pregunta y respuestas de la página web principal de la ARPPR se explica que “La Junta Reglamentadora de Relacionistas de Puerto Rico estará constituida por cinco (5) miembros, nombrados por el Gobernador, con el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico.”



El término del nombramiento de cada miembro será por un término de cuatro (4) años, a excepción de los que hayan sido nombrados al momento de aprobarse esta Ley; en cuyo caso el término del primer miembro será por un (1) año; otros dos (2) miembros serán nombrados por dos (2) años; y los otros dos (2) por tres (3) años.
El 20 de febrero de 2009, el gobernador de Puerto Rico, Luis G. Fortuño, firmó los nombramientos de los miembros de la Junta Reglamentadora de Relacionistas. Los cinco son miembros activos de la ARPPR y figuraban en la lista de recomendados de su Junta de Directores: Lorraine Vissepó, Madeline Ramírez, Julio Sainz de la Maza, Tomás Kierce y María Estela Cestero
El deber de la Junta Reglamentadora de Relacionistas será establecer los requisitos de educación, preparación profesional y ética para aquellos que practican la profesión de las relaciones públicas en Puerto Rico. Los miembros de la Junta tendrán a su vez la facultad de decidir qué medidas utilizarán para reglamentar la profesión.




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